La Fiscalía de Madrid solicita 18 años de prisión para dos hombres con antecedentes penales acusados de matar a golpes y patadas a un hombre en una calle de Alcobendas el 3 de mayo de 2024. El juicio oral comenzará el próximo lunes en la Audiencia Provincial de Madrid. El Ministerio Público les imputa un delito de asesinato y reclama además una indemnización de 190.000 euros para los familiares de la víctima en concepto de responsabilidad civil.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía, los hechos ocurrieron sobre las 13:17 horas de ese día cuando los dos acusados abordaron a un conocido suyo en plena calle de Alcobendas. Uno de ellos, identificado con las iniciales O.A.P., lo agarró del brazo y comenzó una discusión. Desde ese primer momento, los dos atacantes mostraron una actitud violenta y agresiva hacia la víctima, que según la Fiscalía había consumido cannabis y psicofármacos. La discusión escaló rápidamente con un fuerte bofetón en la cara que hizo caer al hombre al suelo.
Pese a que la víctima estaba en el suelo y no podía defenderse, los agresores, actuando de mutuo acuerdo y con intención de causarle la muerte o siendo conscientes de que su acción podría producir tal resultado, continuaron golpeándola. Le propinaron reiteradas y fuertes patadas en la cabeza y en el costado. Cuando terminaron, abandonaron el lugar dejando al hombre completamente desnudo en el suelo. Fueron sorprendidos y detenidos a escasos metros por agentes de la Policía Nacional, que habían sido alertados previamente por testigos que presenciaron la agresión.
La víctima, identificada con las iniciales L.G., no pudo sobrevivir a las lesiones. Como consecuencia directa de la paliza, sufrió una rotura esplénica traumática que le provocó un shock hipovolémico hemorrágico. Falleció poco después de la agresión.
La Fiscalía entiende que fue asesinato y no homicidio
La Fiscalía no califica los hechos como homicidio sino como asesinato, lo que implica la concurrencia de circunstancias agravantes que elevan la pena máxima prevista. El escrito acusatorio describe una acción premeditada y coordinada entre los dos acusados, que actuaron de mutuo acuerdo y de forma deliberada sobre una persona que ya estaba en el suelo y era incapaz de defenderse. Esa circunstancia de alevosía —atacar a alguien que no puede repeler la agresión— es el elemento central que fundamenta la calificación de asesinato frente a la de homicidio y que explica la diferencia entre la pena de prisión solicitada y la que correspondería a un homicidio ordinario.

Los 18 años de prisión que pide la Fiscalía para cada uno de los dos acusados se sitúan en el tramo medio-alto de la pena prevista para el asesinato en el Código Penal español, que establece una horquilla de entre 15 y 25 años cuando no concurren las circunstancias de especial gravedad que elevarían la pena a la pena máxima. La defensa tendrá la oportunidad de plantear su versión de los hechos y la calificación jurídica que considera pertinente cuando arranque el juicio el próximo lunes.
El hecho de que los dos acusados fueran detenidos en el mismo lugar de los hechos, a escasos metros del cuerpo de la víctima, por agentes alertados por testigos presenciales, es un elemento que la acusación considera especialmente relevante para acreditar su participación directa en la agresión. La existencia de testigos que vieron lo ocurrido y alertaron a la Policía es uno de los pilares de la acusación fiscal, junto con las evidencias médicas que establecen la causa directa de la muerte.
La indemnización de 190.000 euros que la Fiscalía reclama para los familiares de L.G. en concepto de responsabilidad civil deberá ser abonada solidariamente por los dos acusados en caso de condena. Esa cifra cubre el daño moral causado a los familiares de la víctima por su fallecimiento y es independiente de la pena de prisión que, en su caso, les imponga el tribunal.


