El Ayuntamiento de Alcobendas ha fundamentado la desestimación del recurso de Zagros Sports en la solidez de los informes técnicos que avalan la propuesta económica del Grupo Nordestada S.L. para la explotación del edificio deportivo de la Avenida Olímpica. Según el dictamen de la Mesa de Contratación, la oferta de Nordestada no solo es la mejor puntuada, sino que cumple con todos los requisitos de razonabilidad exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público. La administración sostiene que, tras un análisis exhaustivo de los parámetros de negocio presentados, la propuesta resulta «suficientemente completa y acreditativa» de su viabilidad, despejando cualquier sombra de duda sobre una posible temeridad o falta de sustento financiero.
Jurídicamente, el Consistorio recuerda que la clasificación de ofertas se realizó tras un requerimiento formal de justificación a las empresas que incurrieron en valores anormales. En este proceso, Nordestada presentó un informe detallado que justificaba la procedencia de sus precios y la sostenibilidad de su modelo de gestión. La Mesa de Contratación, en su sesión del 22 de septiembre de 2025, aprobó por unanimidad que la propuesta era válida al no encontrarse dentro de valores anormalmente bajos que pusieran en riesgo la prestación del servicio. Este juicio técnico es, según la resolución municipal, soberano y se ajusta a la correcta aplicación de los criterios establecidos en el pliego de condiciones y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

EL ESTUDIO ECONÓMICO COMO GARANTÍA DE RENTABILIDAD
Uno de los puntos clave de la defensa municipal es el cumplimiento de la Cláusula 9.2 del Cuadro de Características de la concesión. El Ayuntamiento subraya que todos los licitadores, incluido el primer clasificado, aportaron un estudio económico-financiero compuesto por una Memoria Económica en PDF y un Plan Económico Financiero en formato Excel. Estos documentos fueron evaluados por la Arquitecto del Departamento de Patrimonio y por la Dirección General de Patrimonio y Contratación, concluyendo que los proyectos presentados son «viables económicamente y sustentados en un plan económico creíble a priori». Esta validación técnica impide que la administración pueda excluir arbitrariamente una oferta que ha demostrado su solvencia documental y financiera.
El informe técnico en el que se apoya la resolución destaca que es perfectamente posible presentar ofertas basadas en parámetros operativos distintos. Mientras que la recurrente cuestionaba la rentabilidad de Nordestada, los técnicos municipales observaron que la propuesta ganadora simplemente propone un uso más intensivo de las instalaciones o una estructura de precios superior para ciertos servicios, lo cual entra dentro de la libertad de empresa y la estrategia comercial del licitador. El Ayuntamiento defiende que los parámetros utilizados en los estudios son «prudentes» y se mantienen en horquillas de financiación estables, con un Tasa Interna de Retorno (TIR) de proyecto que oscila entre el 13% y el 16%, y un Valor Actual Neto (VAN) que garantiza el equilibrio de la concesión.
ESTABILIDAD FINANCIERA Y SEGURIDAD DEL DOMINIO PÚBLICO
La resolución municipal hace especial hincapié en que la estructura de financiación de la oferta de Nordestada es equilibrada, basándose en un 30-40% de fondos propios y un 60-70% de financiación externa para las inversiones previstas. Esta distribución financiera ha sido considerada adecuada para asegurar la ejecución de las obras y la mejora de la infraestructura deportiva sin comprometer la seguridad jurídica ni la gestión del dominio municipal. El Ayuntamiento rechaza frontalmente la alegación de Zagros sobre la supuesta falta de control de la viabilidad, aclarando que no existe obligación de motivar expresamente por qué una oferta es viable si esta no ha sido rechazada por inviabilidad manifiesta.
En términos jurídicos, la administración recalca que no se puede sostener que la oferta de Nordestada cause un perjuicio al interés público. Al contrario, la ejecución del acto conlleva la constitución de un nuevo derecho real sobre un inmueble municipal demanial que requiere de la máxima prudencia. La solvencia de Nordestada, todavía pendiente de la fiscalización final de los requisitos previos a la adjudicación, se considera garantizada por los informes técnicos emitidos hasta la fecha. El Ayuntamiento insiste en que la propuesta de Nordestada es una oferta «directamente adjudicable» una vez superado el trámite de clasificación, al haber justificado de forma pormenorizada la razonabilidad de sus márgenes de beneficio y la capacidad para afrontar el canon ofrecido a la ciudad.

AUSENCIA DE INDICIOS DE TEMERIDAD O COLUSIÓN
Finalmente, el dictamen desestimatorio aclara que no existen elementos suficientes para considerar que la oferta de Nordestada sea «meramente formal o aparente». Se ha realizado un examen minucioso para detectar posibles prácticas colusorias o falta de independencia en la formulación de las propuestas, concluyendo que la oferta económica de Nordestada es autónoma y competitiva. La administración municipal reitera que la exclusión de otros licitadores que no justificaron debidamente sus bajas no afecta a la validez de la propuesta de Nordestada, ya que esta última sí cumplió con el estándar de prueba exigido para demostrar que su plan de negocio es real, efectivo y ejecutable.
Con este sólido respaldo a la viabilidad económica de la mejor oferta, el Ayuntamiento de Alcobendas procede a levantar la suspensión del expediente 41/2025. La decisión busca evitar el retraso en el cobro del canon y en la ejecución de las inversiones deportivas proyectadas, que resultan proporcionadas y beneficiosas para el interés general. Al confirmar la solvencia económica de Nordestada, el Consistorio asegura la continuidad de los trámites de adjudicación, garantizando que el nuevo gestor cuenta con la capacidad financiera necesaria para transformar y explotar el centro deportivo de la Avenida Olímpica durante los próximos años.


