Nueva ordenanza de convivencia de Alcobendas: 200 cámaras y multas por lo que haces cada finde

La Junta de Gobierno Local ya ha dado el visto bueno inicial a un texto que sube las multas por pintadas de 750 a 1.500 euros y convierte las cámaras en prueba. Falta el Pleno, y ahí se puede torcer todo.

Salió el tema en la terraza del Moraleja Green, con el café a medias: la ordenanza de convivencia de Alcobendas cambia más cosas de las que parece. Y no, no es solo cosa de grafiteros.

Qué te pueden multar desde ya y qué tendrá que esperar al Pleno

El Ayuntamiento ha aprobado de forma inicial, en Junta de Gobierno Local, la actualización de la norma. El concejal de Seguridad, Carlos Rodrigo, lo justificó hablando de la «evolución de los usos y costumbres» de la ciudad y de esos comportamientos que con los años van generando roces. Traducido a la vida diaria: ruido, alcohol en la calle, pintadas, y venta irregular. La nota está colgada en la web del Ayuntamiento de Alcobendas.

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Lo que más llama la atención es la escala de las sanciones por grafitis: pasan de 750 a 1.500 euros en los casos leves, se llega a 3.000 en los graves y a hasta 6.000 euros si hay reincidencia. No es calderilla para una comunidad de vecinos.

En el capítulo del alcohol hay dos novedades que afectan al comercio. Los establecimientos tendrán que evitar vender bebida cuando haya indicios claros de que se va a consumir ahí mismo, en la calle. Y se prohíbe tapar el interior del local con escaparates opacos o cualquier elemento que dificulte la vigilancia policial, con multas de hasta 1.500 euros.

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El descanso vecinal es el otro bloque gordo. Se amplían las conductas sancionables cuando alteren de forma significativa la tranquilidad: megafonía mal usada, actividades sonoras fuera de los espacios habilitados y, atención, juegos y pelotas fuera de horarios y lugares autorizados. También las competiciones deportivas espontáneas y el uso de bicis, patines y monopatines que comprometa la seguridad.

Una ordenanza no arregla una ciudad, pero sí dice bastante de qué molestias ha decidido el Ayuntamiento que ya no aguanta más.

Y luego está la convivencia dentro de los edificios: molestias por actividades publicitadas como servicios sexuales en viviendas y zonas comunes, y actos de exhibición obscena que no lleguen a ser delito. Quien haya vuelto a casa un sábado a las dos de la mañana sabe de qué hablamos.

Las 200 cámaras: qué pueden hacer con las imágenes y qué no

La videovigilancia entra en la norma como apoyo a la Policía Local. Las más de 200 cámaras municipales ya estaban ahí; lo que cambia es el uso: las imágenes podrán servir, dentro de los límites de la legislación vigente, para acreditar infracciones y agilizar los expedientes sancionadores. El vídeo deja de ser solo un elemento disuasorio y pasa a ser prueba.

Aviso para navegantes: grabar no es sancionar. Cada expediente necesita su tramitación y la norma remite a la ley de protección de datos. Quien piense que una cámara va a resolver el botellón del sábado se lleva una decepción.

El texto incluye además el capítulo más discutido, el de la mendicidad. Se prohíben conductas que, bajo apariencia de mendicidad o en formas organizadas, impliquen acoso, coacción o dificulten el tránsito. Y se añade la prohibición de dormir sobre colchones en la vía pública, acumular enseres con problemas de salubridad, lavar ropa en fuentes o instalar tiendas y chabolas. La Policía Local podrá retirar esos elementos y repercutir los costes de retirada, depósito y limpieza.

El aviso de Más Madrid que conviene escuchar antes del Pleno

Aquí está el punto delicado. El Ayuntamiento dice que a quienes duermen en la calle se les ofrecerá una solución habitacional. La pregunta es con qué recursos, porque la norma no detalla ni plazas ni presupuesto. Y esa es justo la parte que los tribunales han mirado con lupa en otras ciudades.

Más Madrid Alcobendas ya ha anunciado batalla. Su portavoz, Mariano Cañas, sostiene que esto criminaliza la mendicidad en lugar de atacar la causa, y recuerda que la justicia ha anulado ordenanzas municipales parecidas. No es una advertencia menor: si ese capítulo se cae, se lleva por delante también la parte que muchos vecinos sí querían.

Porque hay dos cosas distintas en el mismo paquete. Una es el ruido, las pintadas y la venta de alcohol con destino a la calle, donde el margen municipal es claro y la demanda vecinal, antigua. Otra es la ocupación del espacio público, donde el margen es estrecho y el riesgo jurídico, alto. Mezclarlas facilita aprobar; complica defender lo que funciona.

Y el calendario tampoco ayuda a la calma. El texto tiene que pasar todavía por la aprobación definitiva en el Pleno, y antes por el periodo de información pública, ese trámite previo en el que cualquiera puede presentar alegaciones. En la práctica, las nuevas cuantías no deberían aplicarse hasta que la ordenanza se publique en el BOCM.

Lo sensato es no confundir el anuncio con la realidad. Las multas por pintadas y la vigilancia de la venta de alcohol se notan rápido, si se aplican. La parte de la mendicidad acabará en los juzgados. Ya veremos quién tiene razón.

📌 Aviso en el Tablón

  • A quién afecta: Comunidades con problemas de ruido y botellón, hostelería y comercio de Alcobendas, y personas en situación de calle.
  • Cuándo entra en vigor: Todavía no. Falta la aprobación definitiva en el Pleno y la publicación en el BOCM.
  • Qué hacer: Si tu comunidad arrastra molestias de ruido, deja constancia en el Ayuntamiento ahora, antes del Pleno: es el momento de las alegaciones.

Si te ha servido el aviso, pásalo al grupo de la comunidad. Y si alguien te dice que la ordenanza ya está en vigor, invítale a leer el BOCM.

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