Atento si esperas una vivienda protegida en Sanse: tres zonas y un tope de altura que lo cambia todo

El Pleno de septiembre aprobó limitar los cambios de uso a nueve parcelas concretas de Puente Cultural, el sector EE y Alonso Zamora Vicente. Las plantas extra y el 20% más de edificabilidad quedan solo para suelo público.

La vivienda protegida en Sanse ya tiene mapa: nueve parcelas, tres zonas y un tope de altura que solo se aplica al suelo público.

Lo aprobó el Pleno el 17 de septiembre y entró en vigor el 16 de octubre. El BOCM lo publicó ayer, 19 de octubre, así que cualquier promotor que quiera acogerse a las flexibilidades de la Ley 3/2024 tiene que mirar esta lista antes de mover un metro cuadrado. Nos hemos leído el informe técnico con el café de media mañana. Tiene más criterio del que suele haber en estos acuerdos. Puedes consultar la información municipal en la web del Ayuntamiento de Sanse.

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Las nueve parcelas de Sanse donde se puede cambiar el uso a vivienda protegida

La relación es corta y muy concreta. Dos parcelas municipales en en la avenida Puente Cultural, números 2 y 4, dentro del ámbito ZO 45. Seis del sector EE: una en la calle Fuerteventura, número 4; tres en la calle Teide, números 3, 4 y 5; y dos en la avenida Isla Graciosa, números 1 y 3. Y una más en la calle Alonso Zamora Vicente, número 16, que viene de una actuación que ya estaba en marcha con la normativa anterior.

Ojo con la letra pequeña, porque aquí está el matiz que se va a malinterpretar en los grupos de WhatsApp del barrio: que una parcela figure en la lista no significa que vaya a tener vivienda protegida. Significa que puede acogerse al régimen si cumple los requisitos y si alguien presenta un proyecto. No hay calendario por parcela ni cifra global de pisos. De momento, lo que hay es dónde sí y dónde no.

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El tope de altura: dos plantas más, pero solo si el suelo es público

Aquí es donde Sanse se separa de otros municipios. La ley autonómica permite subir hasta un 20% la edificabilidad y un 30% la densidad en parcelas sin edificar, y en algunos casos añadir hasta dos plantas. El Ayuntamiento lo acepta, sí, pero solo en parcelas de titularidad pública. En suelo privado, nada. El informe lo justifica por el impacto sobre la imagen urbana y sobre la relación con los edificios ya construidos. Traducido: se protege el perfil del barrio y de paso se evita que el ladrillo de más acabe donde nadie lo controle.

Hay otra condición que suele pasar desapercibida y que puede acabar pesando. Cuando el aumento de viviendas obligue a ampliar infraestructuras o redes públicas situadas fuera del ámbito de la actuación, la obra la paga el promotor. No el Ayuntamiento, no la Comunidad. El promotor. Y si eso no le cuadra, no construye.

El límite no está en cuántas viviendas protegidas caben, sino en cuántas puede absorber el barrio sin que la acera, el autobús y el colegio se resientan.

El tercer bloque del acuerdo son los alojamientos temporales en terrenos industriales vacíos. Aquí el Consistorio no añade restricciones propias: se aplica la ley tal cual. Eso sí, no vale cualquier nave. Tiene que estar en suelo urbano consolidado, integrada en la trama y en un ámbito cuyo uso global sea residencial. El alojamiento ocupará toda la parcela, con otros usos compatibles que no pasen del 20% del edificio. Y dos cosas importantes: no se puede usar como residencia habitual y no se permite dividir el edificio en propiedades independientes. Todo eso debe figurar en la licencia y quedar inscrito en el Registro de la Propiedad.

Por qué Puente Cultural y el sector EE, y qué se aprende de Julio Rey Pastor

El informe no elige parcelas al azar. Se han tenido en cuenta, la cercanía a zonas ya habitadas, la existencia de equipamientos, el acceso al transporte público y cómo encajan los edificios nuevos con los que ya están. Puente Cultural y el sector EE cumplen: son suelos pegados a trama residencial consolidada, con servicios a mano. Lo que el documento viene a decir, sin decirlo, es que no todas las zonas del municipio aguantan un empujón de población con la misma soltura. Tempranales o Dehesa Vieja no aparecen en la lista.

Sirve de referencia la calle Julio Rey Pastor, número 7: una parcela vacía donde la Ley 3/2024 permitió generar 563 viviendas con protección pública. Ese es el listón que maneja el Ayuntamiento, y también la advertencia. 563 viviendas en un solo punto son muchas viviendas en un solo punto, con todo lo que eso implica para el tráfico, las plazas de colegio y las líneas de autobús.

Nuestra lectura, y aquí nos mojamos: el acuerdo está mejor pensado que la media de lo que se aprueba en urbanismo, sobre todo en ese tope de altura reservado al suelo público. Pero tiene dos flancos débiles. El primero es que nueve parcelas sin calendario ni promotor identificado pueden quedarse en un bonito anexo durante años. El segundo es el alojamiento temporal en suelos industriales: al no fijar el Ayuntamiento zonas propias, se remite a lo que diga la ley, y eso deja la puerta más abierta de lo que parece en un municipio con tanto polígono pegado a la vivienda. Controlar dónde crece la ciudad está bien; controlar qué se hace dentro de cada edificio, bastante peor.

El siguiente hito todavía no tiene fecha: será la primera licencia que se solicite acogiéndose a estas reglas, y ahí se verá si el mapa se convierte en grúas o se queda en papel. De momento el texto íntegro está publicado y es público.

📌 Aviso en el Tablón

  • A quién afecta: Vecinos de Puente Cultural, del sector EE y de la calle Alonso Zamora Vicente, además de quienes esperan una vivienda protegida en Sanse.
  • Cuándo entra en vigor: Ya está en vigor desde el 16 de octubre de 2026, con publicación en el BOCM del 19 de octubre.
  • Qué hacer: Consultar el acuerdo íntegro en el BOCM y, si tienes suelo en alguna de las nueve parcelas, revisar los requisitos antes de presentar una licencia.

Si te cruzas con una grúa nueva por el sector EE, avísanos. Nosotros llevamos el café.

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