Las deducciones fiscales de hasta 9.000 euros por reformar tu casa en La Moraleja

El Real Decreto-ley 16/2025, ratificado en sus mismos términos por el decreto anticrisis aprobado en marzo, mantiene vivas las deducciones del IRPF por reformas de eficiencia energética hasta 2026 y 2027.

El Boletín Oficial del Estado recogió el pasado mes de diciembre la prórroga de una de las deducciones fiscales más generosas del actual marco del IRPF, la que compensa a los propietarios que acometen reformas orientadas a mejorar la eficiencia energética de su vivienda. El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, modificó la disposición adicional quincuagésima de la Ley del IRPF para extender hasta el 31 de diciembre de 2026 las deducciones aplicables a viviendas individuales y hasta el 31 de diciembre de 2027 las referidas a edificios completos o a actuaciones integrales sobre una vivienda unifamiliar.

La norma no tuvo un recorrido sencillo. El Congreso de los Diputados no convalidó el texto original el 27 de enero, y el Gobierno tuvo que reintroducir la misma prórroga a través de sucesivos decretos hasta que, a finales de marzo, el Pleno la incorporó de forma definitiva al Real Decreto-ley 7/2026, el llamado decreto anticrisis aprobado por la tensión en Oriente Medio. El resultado práctico para cualquier propietario de La Moraleja es el mismo que el anunciado en diciembre, la deducción sigue viva, con idénticos porcentajes y plazos, aunque su base legal vigente hoy ya no sea el decreto de diciembre sino su heredero de marzo.

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Tres tramos de deducción y un techo de 9.000 euros

La disposición fiscal contempla tres niveles de deducción distintos, que se aplican en función del tipo de obra y del ahorro energético certificado. El primero permite deducir el 20% de lo invertido, con una base máxima de 5.000 euros al año, cuando la obra logra reducir al menos un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda. El segundo eleva el porcentaje al 40% y la base a 7.500 euros anuales, siempre que la reforma consiga rebajar un 30% el consumo de energía primaria no renovable o que la vivienda alcance la calificación energética A o B.

El tercer tramo es el que da título a la medida y el que mejor encaja con el tipo de reforma que se ejecuta en La Moraleja. Se trata de una deducción del 60% reservada a actuaciones integrales sobre el conjunto del inmueble, ya sea un edificio residencial completo o una vivienda unifamiliar sometida a una reforma global de su envolvente y sus instalaciones. La base máxima anual es de 5.000 euros, pero admite un arrastre de hasta cuatro ejercicios siguientes con un tope acumulado de 15.000 euros, lo que en la práctica sitúa el ahorro fiscal máximo en 9.000 euros por vivienda.

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Por qué las mansiones de los noventa encajan con el tramo del 60%

En la urbanización, donde buena parte del parque residencial se levantó entre finales de los años ochenta y los noventa, ese tercer tramo resulta especialmente accesible. Las mansiones de aquella época suelen arrastrar carpinterías de aluminio sin rotura de puente térmico, calderas de gasóleo o gas de más de dos décadas y un aislamiento de fachada muy por debajo de las exigencias actuales, de modo que una reforma integral que sustituya ventanas, incorpore aerotermia y refuerce el aislamiento térmico tiene recorrido de sobra para superar el umbral del 30% de reducción de consumo de energía primaria no renovable, o directamente para saltar a una calificación A o B.

Conviene no perder de vista un matiz que afecta a una parte del vecindario. La deducción solo se aplica a la vivienda habitual del contribuyente o a un inmueble destinado al alquiler, quedando expresamente excluidas las viviendas de uso recreativo o vacacional, por lo que quienes tengan su chalet de La Moraleja como segunda residencia no podrán acogerse al beneficio por mucho que ejecuten la misma obra.

Los dos chalets en venta más exclusivos de La Moraleja
Fuente: Promora

El certificado de eficiencia energética es la pieza que sostiene todo el mecanismo. Hacienda exige un certificado previo a las obras, expedido como máximo dos años antes de su inicio, y otro posterior que acredite la mejora conseguida, con ambos documentos registrados conforme al procedimiento del Real Decreto 390/2021. Sin esa comparación entre el antes y el después no existe deducción posible, por muy evidente que resulte a simple vista la mejora de la vivienda.

La Agencia Tributaria también es estricta con la forma de pago. Ninguna cantidad abonada en efectivo genera derecho a deducción, de modo que las facturas deben liquidarse mediante transferencia, tarjeta o cheque nominativo con justificante bancario que permita acreditar el gasto ante una eventual comprobación. Los plazos, además, no son iguales para todos los tramos, las obras de los niveles del 20% y el 40% deben pagarse antes del 31 de diciembre de 2026 y contar con certificado posterior expedido antes del 1 de enero de 2027, mientras que las actuaciones integrales acogidas al 60% disponen de un año más, hasta el 31 de diciembre de 2027, con certificado expedido antes del 1 de enero de 2028.

La deducción se solicita directamente en Renta Web, donde el contribuyente debe introducir la referencia catastral del inmueble, la fecha de los certificados y el importe satisfecho, sin necesidad de presentar un formulario adicional ni de esperar ninguna resolución previa de la administración. Eso sí, solo resulta deducible la parte del coste que no haya sido cubierta por otra subvención pública, como las ayudas del programa de rehabilitación energética que gestiona la Comunidad de Madrid, con las que esta deducción estatal es compatible siempre que no se solape sobre el mismo gasto.

Para un propietario que afronte una rehabilitación energética integral de una vivienda de varios cientos de metros cuadrados, con presupuestos que en la zona superan con frecuencia los 100.000 euros, agotar los 15.000 euros de base acumulada y recuperar los 9.000 euros de deducción máxima resulta bastante más sencillo que en una vivienda de tamaño medio, sobre todo si la obra se reparte en varios ejercicios fiscales, algo habitual en reformas de esta envergadura que se prolongan más de un año.

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